ASEICA garantiza que todos los procesos de evaluación científica asociados al Congreso (resúmenes, premios y convocatorias de ayudas o financiación) se lleven a cabo conforme a criterios de independencia, objetividad y transparencia.

Procedimiento Operativo Estándar para la Gestión de Conflictos de Interés en las Actividades Científicas de ASEICA

ASEICA garantiza que todos los procesos de evaluación científica asociados al Congreso (resúmenes, premios y convocatorias de ayudas o financiación) se lleven a cabo conforme a criterios de independencia, objetividad y transparencia.

Selección de Abstracts
▪ Los abstracts enviados al congreso nacional serán evaluados mediante un proceso de revisión externa por pares [realizado por revisores que no pertenecen a la Junta Directiva] y un sistema de revisión ciega.
▪ Cada abstract será evaluado por al menos dos revisores externos, quienes asignarán una puntuación.
▪ Tras la evaluación inicial por parte de los revisores externos y su clasificación en función de las puntuaciones obtenidas, la asignación final a los distintos formatos de presentación (oral, destacado seleccionado u otros formatos) será determinada por el Comité Científico y posteriormente validada por la Junta Directiva.
▪ En este proceso, además de la calidad científica, se tendrán en cuenta aspectos estratégicos como el equilibrio de género, en línea con el compromiso de ASEICA con la equidad.

Premios del Congreso

Los premios del congreso serán evaluados por un comité independiente compuesto por revisores externos que no formen parte de la Junta Directiva y que no presenten conflictos de interés.

Convocatorias de ayudas y financiación

Las convocatorias competitivas promovidas por ASEICA serán evaluadas por comités externos independientes, garantizando un proceso objetivo y basado en méritos. El jurado podrá incluir representantes de la Junta Directiva y de la entidad financiadora, quienes deberán declarar cualquier posible conflicto de interés y abstenerse cuando sea necesario. Los miembros de la Junta Directiva de ASEICA y los investigadores de sus grupos no podrán presentarse como candidatos a las convocatorias de financiación de investigación promovidas por la asociación.